Manuel Dávila, delegado del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y el abogado en libre ejercicio Pablo Calderón, brindaron observaciones a los artículos 8 y 10 del proyecto de Ley de Armas, referentes a la importación y control de explosivos.
En su intervención Pablo Calderón mencionó que el artículo 8 de la normativa analizada podría contravenir el artículo 304 de la Constitución de la República, al establecer una vía para las prácticas monopólicas. A su criterio, el artículo mencionado es ambiguo, pues permite la importación de explosivos a las personas naturales y jurídicas, exceptuando si acaso existiera una fabricación nacional de similares características.
“Esta fabricación existe, la realiza la empresa Explocen, que tiene por accionista mayoritario al Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA), lo que imposibilitaría la importación de estas sustancias, creando una condición ilógica imposible de cumplir”, dijo.
Al respecto, Manuel Dávila informó que el Ministerio de Defensa solicitó al Ministerio de Energía y Minas una proyección de crecimiento del sector minero al 2040. “En este informe se evidenció que existirá un incremento exponencial en el requerimiento de explosivos de diferente naturaleza para la minería a gran y mediana escala y también la minería artesanal. Una vez analizadas estas proyecciones, es fundamental la producción e importación de este tipo de sustancias, a través del Ministerio de Defensa y del Estado”, afirmó.
A decir del delegado, en la cadena de producción de armas, municiones y explosivos están involucradas aproximadamente medio millón de personas, por lo que el país requiere una ley que permita evitar, desde la fabricación, que estos insumos afecten a la seguridad de la sociedad y de las instituciones.
La mesa legislativa también recibió apreciaciones generales sobre la Ley de Inteligencia. Santiago Proaño y Erik Benítez, representantes de la Dirección General de Inteligencia y del Centro de Inteligencia Estratégica, destacaron que el espíritu de esta ley reconoce a la inteligencia como el instrumento estratégico de anticipación de escenarios adversos, dejando de lado un enfoque reactivo caduco para su tratamiento.
“Esta normativa facilitará la mitigación eficaz de las amenazas, ya que se alinea a las prácticas internacionales y protege la vida de los encargados de las actividades de inteligencia, tan sensibles para la seguridad nacional”, coincidieron. (CV/pv)
Fuente: Sala de presa de la Asamblea Nacional – 29 de abril de 2024
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